Eduardo CONTRERAS
Este viernes 4 de febrero comenzó legalmente la veda electoral por el proceso de consulta de Revocación de Mandato de Andrés Manuel López Obrador.
Este periodo culminará el próximo 10 se abril, fecha en que se emitirán los votos para ratificar o quitar del cargo al presidente de la República.
Por esto, todos los actos de proselitismo electoral y actos de campaña quedaron estrictamente prohibidos por parte de Secretarios, Diputados, Jueces, el Gobernador del Estado y loa Ayuntamientos.
El resto de las dependencias y organismos gubernamentales deben de sujetarse a lo que indica la Ley Federal de Revocación de Mandato en su artículo 33, tercer capítulo.
Sin embargo, las únicas que quedan exentas son las campañas de información de salud, educación y protección civil.