Mandan al «panteón político» al PUP y partido Mujer en Oaxaca; pierden sus registros
El Instituto Estatal de Oaxaca declaró la pérdida de registro de los partidos políticos locales Unidad Popular (PUP) y Movimiento Unificador de Jóvenes en el Estado y sus Regiones (MUJER).
En Sesión extraordinaria Urgente, se declaró lo anterior en virtud de no haber obtenido el tres por ciento de la votación válida emitida en las elecciones de diputaciones por el principio de mayoría relativa y concejalías a los ayuntamientos que se rigen por el sistema de partidos políticos, celebradas en el Proceso Electoral Ordinario 2023-2024.
La Consejera Presidenta, Elizabeth Sánchez González, indicó que esta determinación es apegada al artículo 116, fracción IV, de la Constitución Federal en cuanto el límite porcentual para la conservación del registro de los partidos políticos locales y, consecuentemente, del resto de sus derechos y prerrogativas.

También explicó que, si bien la Constitución local reconoce la existencia de partidos políticos indígenas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 53/2015 y sus acumuladas 57/2015, 59/2015, 61/2015, 62/2015 y 63/2015, declaró inválidas las normas que reducen al 2% el umbral para que los partidos políticos indígenas conserven su registro.
En el mismo sentido el Consejero Electoral, Manuel Cortes Muriedas, refirió que hay reglas claras en este sentido y porcentajes que debe de cumplirse en elecciones, afirmando que el actuar del Consejo fue estrictamente apegado a Leyes que nos rigen.
Cabe destacar que ambos partidos deberán cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establecen la Ley General de Partidos Políticos y el Reglamento de Fiscalización, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio.